Servicio · Revisoría fiscal
Revisoría fiscal para empresas en Bogotá y Colombia
La revisoría fiscal es una evaluación sistemática e independiente de la gestión contable y financiera de una empresa, y la ley la exige a ciertas sociedades. Oficina Numérica la presta a compañías obligadas y a las que la adoptan por estatutos o por decisión de sus socios, con planes según el volumen de operaciones mensuales.
Honorarios desde
$1.999.999 + IVA mensuales
Plan Básico, de 1 a 99 operaciones mensuales. Los planes Intermedio y Avanzado y la tabla comparativa están en la página de servicios.
Qué es la revisoría fiscal y qué empresas están obligadas a tenerla
La obligación nace por dos vías principales.
Por la forma de la sociedad (Código de Comercio, art. 203): las sociedades por acciones, las sucursales de compañías extranjeras y las sociedades en que no todos los socios administran, cuando lo pide al menos el 20 % del capital excluido de la administración.
Por el tamaño (Ley 43 de 1990, art. 13, parágrafo 2): las sociedades comerciales con activos brutos de 5.000 SMMLV o más, o con ingresos brutos de 3.000 SMMLV o más. Basta con superar uno de los dos topes.
- Las cifras se toman al 31 de diciembre del año anterior: para la obligación de 2026, con corte al 31 de diciembre de 2025.
- Los ingresos brutos son los del estado de resultados integral, sin restar nada (Supersociedades, Oficio 115-126588 de 2023).
- Haber tenido revisor fiscal en años anteriores no hace que la obligación continúe (Concepto CTCP 2024-0385).
Casos que generan dudas. Las SAS están obligadas si superan los topes, si una ley especial lo exige o si sus estatutos lo prevén (Ley 1258 de 2008, art. 28). En propiedad horizontal es obligatoria en conjuntos de uso comercial o mixto y potestativa en los residenciales (Ley 675 de 2001, art. 56). En las entidades sin ánimo de lucro no hay obligación general: depende de una ley especial o de los estatutos (Concepto CTCP 2026-0066).
Funciones e independencia del revisor fiscal
El artículo 207 del Código de Comercio le asigna, entre otras, estas funciones:
- Verificar que las operaciones se ajusten a los estatutos y a las decisiones de la asamblea y la junta directiva.
- Informar por escrito las irregularidades.
- Colaborar con las entidades de vigilancia.
- Velar por que la contabilidad, las actas y la correspondencia se lleven en debida forma.
- Inspeccionar los bienes de la sociedad.
- Ejercer control permanente sobre los valores sociales.
- Firmar los estados financieros con su dictamen.
- Convocar a reuniones extraordinarias.
- Reportar operaciones sospechosas a la UIAF (numeral añadido por la Ley 1762 de 2015).
Independencia. El artículo 205 impide ser revisor fiscal a los asociados, a los parientes de los administradores y funcionarios clave, y a quienes ocupen otro cargo en la sociedad.
Deber de denuncia. La Ley 1474 de 2011 (art. 7) añadió el numeral 5 al artículo 26 de la Ley 43 de 1990: no denunciar actos de corrupción ante la autoridad penal, disciplinaria o fiscal dentro de los seis meses siguientes a conocerlos es causal de cancelación de la inscripción del contador. La Corte Constitucional lo declaró exequible en la Sentencia C-630 de 2012. Por eso la independencia no se negocia: es lo que le da valor al dictamen. Cuando una irregularidad exige una investigación a fondo, el camino es una auditoría forense.
Qué incluye la revisoría fiscal de Oficina Numérica
Tenemos tres planes según el volumen de operaciones mensuales: Básico (de 1 a 99), Intermedio (de 100 a 499) y Avanzado (más de 500). Según el plan, el servicio incluye, entre otros:
- Dictamen de revisoría fiscal conforme a las NIA.
- Verificación del cumplimiento tributario y firma de declaraciones tributarias.
- Atención de requerimientos de la DIAN.
- Evaluación del control interno.
- Informes analíticos a la gerencia y alertas tempranas de riesgo fiscal.
- Acompañamiento en juntas y asambleas.
- Auditoría de procesos, mapa de riesgos y matriz de controles.
Sobre las NIA: el Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, modificado por el Decreto 2132 de 2016, obliga a aplicarlas en el dictamen a los revisores fiscales de entidades del Grupo 1 y de las grandes del Grupo 2; las demás se rigen por el artículo 7 de la Ley 43 de 1990 y pueden aplicarlas de forma voluntaria. Consulte los planes y honorarios de revisoría fiscal.
Cómo trabajamos
- Evaluación inicial. Con sus estados financieros verificamos si su empresa está obligada, qué marco de aseguramiento le aplica y qué plan corresponde a su volumen de operaciones.
- Verificación de independencia. Antes de aceptar el cargo confirmamos que no exista ninguna inhabilidad del artículo 205.
- Planeación. Elaboramos el mapa de riesgos y el cronograma de revisiones, con las fechas clave del calendario tributario.
- Control permanente. Revisamos operaciones, contabilidad, actas y bienes durante el año, y comunicamos por escrito las irregularidades que encontremos.
- Cierre y dictamen. Evaluamos los estados financieros de fin de año y emitimos el dictamen.
- Asamblea. Presentamos el informe y respondemos las preguntas de los socios.
Conozca a nuestros revisores fiscales.
Qué recibe su empresa
- Dictamen sobre los estados financieros de cierre.
- Informes periódicos a la gerencia, con hallazgos y recomendaciones.
- Comunicaciones escritas de irregularidades, cuando las haya.
- Declaraciones tributarias revisadas y firmadas.
- Respuestas a los requerimientos de la DIAN.
- Informe a la asamblea o junta de socios.
Preguntas frecuentes
¿Qué empresas están obligadas a tener revisor fiscal en 2026?
Las sociedades por acciones, las sucursales de compañías extranjeras y ciertas sociedades en que no todos los socios administran (Código de Comercio, art. 203). También las sociedades comerciales que al 31 de diciembre de 2025 tenían activos brutos de 5.000 SMMLV o más, o ingresos brutos de 3.000 SMMLV o más (Ley 43 de 1990). Basta con superar uno de los dos topes.
¿Qué dice el artículo 203 del Código de Comercio?
Señala quiénes deben tener revisor fiscal por su forma jurídica: las sociedades por acciones, las sucursales de compañías extranjeras y las sociedades en que no todos los socios administran, cuando lo pide al menos el 20 % del capital excluido de la administración. A esa lista se suman las sociedades comerciales que superan los topes de activos o de ingresos fijados por la Ley 43 de 1990.
¿Cuáles son las funciones del revisor fiscal?
El artículo 207 del Código de Comercio le asigna, entre otras: verificar que las operaciones se ajusten a los estatutos y a las decisiones de los órganos sociales, informar por escrito las irregularidades, velar por la contabilidad y las actas, inspeccionar los bienes, firmar los estados financieros con su dictamen y reportar operaciones sospechosas a la UIAF.
¿Una SAS debe tener revisor fiscal?
No por el solo hecho de ser SAS. Según el artículo 28 de la Ley 1258 de 2008, está obligada cuando supera los topes de activos o de ingresos de la Ley 43 de 1990, cuando una ley especial lo exige o cuando sus estatutos lo prevén. Haber tenido revisor fiscal antes no hace que la obligación continúe (Concepto CTCP 2024-0385).
¿Un conjunto de propiedad horizontal necesita revisor fiscal?
Depende del uso. El artículo 56 de la Ley 675 de 2001 lo hace obligatorio en los conjuntos de uso comercial o mixto. En los residenciales es potestativo: la asamblea decide si lo tiene. Si su copropiedad es de uso mixto o comercial, en la evaluación inicial revisamos qué alcance necesita y qué plan corresponde.
¿Puede el revisor fiscal ser socio o empleado de la empresa?
No. El artículo 205 del Código de Comercio impide ser revisor fiscal a los asociados de la sociedad, a los parientes de sus administradores y funcionarios clave, y a quienes ocupen otro cargo en ella. La regla protege la independencia, y esa independencia es lo que le da valor al dictamen frente a socios, bancos, autoridades y terceros.
¿Su empresa debe tener revisor fiscal este año?
En una llamada virtual revisamos sus cifras al cierre de 2025 y le decimos si está obligada y qué plan corresponde a su volumen de operaciones. También puede escribirnos a gerencia@ofinumerica.com o ver los otros canales de contacto.
Al agendar, sus datos se tratan para atender su solicitud, conforme a nuestra Política de tratamiento de datos. El agendamiento lo gestiona Cal.com, con servidores en Estados Unidos.
