Servicio · Peritaje contable
Peritaje contable judicial en Colombia
El peritaje contable judicial es el dictamen en el que un contador público le explica al juez, con método y soportes, los hechos económicos que se discuten en un proceso. Oficina Numérica lo elabora para abogados litigantes, áreas jurídicas y empresas en procesos civiles, administrativos y penales, con el deber de objetividad e imparcialidad que impone la ley.
Honorarios desde
$13.000.000 + IVA
Valor base del dictamen. El honorario final depende del volumen documental, la complejidad del caso y la jurisdicción.
Qué es un dictamen pericial contable y cuándo se necesita
Hay procesos que se deciden sobre una cifra: cuánto se debe, cuánto se perdió, a dónde fue el dinero, si un patrimonio corresponde a los ingresos conocidos. Cuando esa cifra exige conocimiento técnico, el juez necesita un dictamen pericial contable. Casos típicos:
- Liquidación de perjuicios por incumplimiento de contratos.
- Conflictos entre socios y rendición de cuentas de administradores.
- Procesos por fraude, abuso de confianza o desfalco.
- Investigaciones por incrementos patrimoniales injustificados o lavado de activos.
- Demandas contra entidades públicas en las que hay que cuantificar un daño.
Quién puede rendirlo. La Ley 43 de 1990 exige ser contador público para actuar como perito en controversias técnico-contables (art. 13), y el contador designado como perito es auxiliar de la justicia (art. 38).
Qué no hace. El perito contable se pronuncia sobre hechos y cifras. El Código General del Proceso no admite dictámenes sobre puntos de derecho (art. 226): decidir quién tiene la razón jurídica le corresponde al juez.
Qué incluye nuestro peritaje contable
- Análisis de incrementos patrimoniales injustificados.
- Cuantificación de daño emergente y lucro cesante.
- Investigación de fraude y desfalco empresarial.
- Análisis de operaciones sospechosas (SARLAFT y lavado de activos).
- Reconstrucción contable y trazabilidad de fondos.
- Sustentación del dictamen en audiencia.
Cada dictamen sigue una metodología documentada y mantiene la cadena de custodia de la evidencia analizada, de modo que cada cifra puede rastrearse hasta su fuente. Si todavía no hay proceso y necesita investigar primero, conozca nuestra auditoría forense. También puede conocer al equipo.
Cómo construimos el dictamen
- Objeto del dictamen. Con el abogado revisamos el expediente, las pretensiones y las preguntas exactas que el dictamen debe responder.
- Verificación de imparcialidad. Antes de aceptar, revisamos las causales del artículo 50 del CGP y si hubo designaciones anteriores por la misma parte.
- Documentos y custodia. Relacionamos cada documento recibido, con su origen y su estado.
- Análisis. Reconstruimos registros, cruzamos fuentes y calculamos con métodos que otro profesional pueda replicar.
- Redacción. El dictamen debe ser claro, preciso, exhaustivo y detallado, con el contenido mínimo del artículo 226.
- Aporte y sustentación. Entregamos a tiempo para aportarlo en la oportunidad procesal y comparecemos a la audiencia.
Marco normativo del peritaje contable según el tipo de proceso
Código General del Proceso. Cada parte aporta un dictamen por cada hecho, rendido por un solo perito que jura que su opinión es independiente y explica sus métodos y fundamentos (art. 226). Se aporta en la oportunidad para pedir pruebas; si el término no alcanza, se anuncia y el juez fija un plazo no menor de 10 días (art. 227). La contraparte puede pedir que el perito comparezca o aportar otro dictamen; el perito responde bajo juramento y, si no asiste, el dictamen no tiene valor; ya no existe la objeción por error grave (art. 228). El juez también puede decretar un dictamen de oficio (art. 230). El perito debe ser objetivo e imparcial, y la norma prohíbe pactar honorarios que dependan del resultado del litigio (art. 235).
Procesos contencioso administrativos (CPACA, modificado por la Ley 2080 de 2021). Las partes aportan el dictamen o piden que el juez lo decrete, y la contradicción se rige por el Código General del Proceso.
Procesos penales (Ley 906 de 2004). Las partes presentan informes de peritos que deben acreditar su idoneidad (art. 413). El informe base de opinión pericial se da a conocer al menos 5 días antes de la audiencia (art. 415), y si el perito no declara en el juicio oral, donde es interrogado y contrainterrogado, su informe no es admisible (arts. 412, 417 y 420).
Qué recibe usted
- Dictamen pericial contable escrito, con el contenido mínimo del artículo 226 del CGP: identidad y profesión del perito con soportes, publicaciones de los últimos 10 años, casos de los últimos 4 años, designaciones anteriores por la misma parte, declaración sobre las causales del artículo 50, explicación de los métodos y relación de los documentos usados.
- Anexos de cálculo y cuadros de trazabilidad de cada cifra.
- En procesos penales, el informe base de opinión pericial.
- Reunión previa con el abogado para explicarle el alcance técnico del dictamen.
- Comparecencia del perito a la audiencia de sustentación.
Preguntas frecuentes
¿Qué es un peritaje contable judicial?
Es el dictamen técnico con el que un contador público explica al juez hechos económicos que requieren conocimiento especializado: perjuicios, faltantes, trazabilidad de fondos o incrementos patrimoniales. Se aporta en procesos civiles, administrativos y penales, debe explicar sus métodos y soportes, y el perito debe sustentarlo en audiencia cuando se le cite. No resuelve puntos de derecho.
¿Qué requisitos debe cumplir un perito contable?
Debe ser contador público: la Ley 43 de 1990 lo exige para actuar como perito en controversias técnico-contables (art. 13). Además, el CGP le pide jurar que su opinión es independiente, ser objetivo e imparcial, declarar sus designaciones anteriores por la misma parte y si está incurso en las causales del artículo 50, y explicar con claridad sus métodos.
¿Qué debe contener un dictamen pericial contable en Colombia?
El artículo 226 del CGP exige que sea claro, preciso, exhaustivo y detallado. Debe incluir la identidad y la profesión del perito con soportes, sus publicaciones de los últimos 10 años y sus casos de los últimos 4, las designaciones anteriores por la misma parte, la declaración sobre las causales del artículo 50, los métodos usados y la relación de documentos.
¿Cuánto cobra un perito contable?
Depende del alcance: cuántos hechos hay que analizar, el periodo, el volumen de documentos y si habrá sustentación en audiencia. El artículo 235 del CGP prohíbe pactar honorarios que dependan del resultado del litigio, y así trabajamos. El peritaje contable judicial de Oficina Numérica parte de $13.000.000 más IVA, y la propuesta se ajusta tras la evaluación inicial.
¿Puede darme un ejemplo de un peritaje contable?
Caso hipotético: dos socios discuten si el administrador retiró recursos sin soporte durante tres años. El dictamen reconstruye los movimientos bancarios, los cruza con la contabilidad y las facturas, identifica los pagos sin soporte y cuantifica su valor. No dice si hubo delito ni quién tiene la razón: presenta cifras y métodos que el juez valora junto con las demás pruebas.
¿Qué pasa si el perito no va a la audiencia?
En un proceso civil, si el perito citado no asiste, su dictamen no tiene valor (CGP, art. 228). En el proceso penal, el informe no es admisible si el perito no declara en el juicio oral, donde lo interrogan y contrainterrogan (Ley 906 de 2004). Por eso la sustentación en audiencia hace parte de nuestro servicio.
¿Su caso depende de una cifra?
Cuéntenos el objeto del dictamen en una llamada inicial y le explicamos el alcance, lo que necesitaremos del expediente y los tiempos de elaboración. También puede escribirnos a gerencia@ofinumerica.com o ver los otros canales de contacto.
Al agendar, sus datos se tratan para atender su solicitud, conforme a nuestra Política de tratamiento de datos. El agendamiento lo gestiona Cal.com, con servidores en Estados Unidos.
